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El Tribunal Constitucional suspende el pleno del Parlament del lunes

Canarias Noticias - 05/10/2017

El Tribunal Constitucional ha suspendido cautelarmente el pleno del Parlament del próximo lunes al admitir el recurso de amparo que presentó el PSC con el argumento de que si dicho pleno declarase la independencia se produciría un quebrantamiento de la Constitución y una "aniquilación" de los derechos de los diputados.

El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont,anunció su voluntad de comparecer el próximo lunes ante el pleno del Parlament para valorar los resultados y los efectos de la jornada del 1-O.

Aunque en el único punto del día de la sesión no se menciona específicamente una declaración de independencia, la CUP aseguró que en el pleno se proclamaría la república catalana.

El pleno del Constitucional ha debatido hoy el recurso del PSC y ha acordado dejar en suspenso la convocatoria del Parlament, de forma cautelar.

El PSC ha presentado esta mañana un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, en el que se advierte de que convocar el pleno supone "ignorar a sabiendas la suspensión acordada por el TC" sobre la Ley del Referéndum, y que "pretender que la citada ley surja efecto supondría un quebrantamiento radical del ordenamiento constitucional".

Del mismo modo, en el supuesto de una declaración formal de independencia, el PSC considera que se daría una "total y completa aniquilación" de los derechos de los diputados, "por la demolición ilegítima del bloque de constitucionalidad en Cataluña".

El TSJC rechaza los recursos del Govern


Mientras tanto, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado el recurso de súplica presentado por las defensas del presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y del resto del consellers del Govern contra la investigación por la convocatoria del referéndum de independencia.

En un auto de este jueves, el tribunal -presidido por Jesús María Barrientos- ha desestimado el recurso contra la investigación abierta después de haber admitido a trámite una querella de la Fiscalía por los supuestos delitos continuados de desobediencia, prevaricación y malversación de caudales públicos.

Los abogados alegaron contra la admisión de la querella, entre otros motivos, que "convocar un referéndum no es delito"; que los hechos no cumplen con los requisitos para tipificarse como desobediencia, prevaricación y malversación y también se fundamentó en una supuesta irrelevancia penal de los hechos.

El tribunal les ha respondido que es "prematuro" valorar si se cometieron estos delitos y que, en este momento procesal, lo único que hay que analizar es si el relato de hechos de la querella podría encuadrarse en esta tipología, algo que ha valorado que es así.

El tribunal, en la resolución en la que aceptó admitir a trámite la querella, había aludido a que Puigdemont y los consellers "habrían utilizado arbitrariamente las potestades que tienen como miembros del Govern de Cataluña" al convocar las votaciones del 1 de octubre.

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