TRIBUNALES
Dos años de cárcel para dos policías de Lanzarote por dar una paliza a un detenido
La Audiencia de Las Palmas ha condenado a dos años y medio de cárcel a un subinspector y a un agente del Cuerpo Nacional de Policía por un delito de torturas en concurso con otro de lesiones, por haber dado una paliza a un detenido en la Comisaría de Arrecife el 28 de abril de 2010.
Los hechos ocurrieron después de una patrulla acudiera en auxilio de dos personas a las que los hermanos Y.D. y N.J.L.M. estaban agrediendo en un parque público.
Cuando los agentes intentaron reducir a los agresores, los hermanos L.M. se encararon con ellos y les propinaron varias patadas y puñetazos, por lo que tuvieron que pedir ayuda a más agentes.
Finalmente, entre seis policías consiguieron reducir a los dos hermanos, no sin que antes N.J.L.M. propinara una patada en la boca al agente A.P.G.
La sentencia considera probado que, al llegar a la comisaría, este agente cogió por el cuello al detenido, lo llevó a una zona donde no podían captarle las cámaras de seguridad y le agredió a rodillazos y golpes de porra.
También entiende acreditado que el subinspector J.C.G.C. se sumó a la acción y propinó una patada en la boca al arrestado, en represalia por los golpes que este había dado a los agentes.
Sin embargo, el tribunal cree que no existen pruebas suficientes para condenar a los otros cuatro policías que estaban en ese momento en ese pasillo de la Comisaría de Arrecife, para los que la Fiscalía también había formulado cargos por torturas a un detenido, bien como autores, o bien por faltar a su deber de impedirlas.
La sentencia también contiene condenas para los hermanos Y.D. y N.J.L.M. por delito de atentado a la autoridad, aunque de inferior duración: seis meses de cárcel.
Tanto a los policías como a los dos detenidos por la pelea callejera el tribunal les reconoce una atenuante de dilaciones indebidas en la instrucción del caso, pero precisa que, en el caso de los dos funcionarios públicos, no procede reducir su condena al mínimo legal debido "a la gravedad del propio delito de tortura".
Los magistrados subrayan que "en un Estado de Derecho" no se espera la comisión de hechos como estos "precisamente por quienes tienen a su disposición al detenido en ejercicio del poder público".
"Al margen", añaden, "de la aparente impunidad con la que actuaron los acusados, que no tuvieron el más mínimo reparo en ejecutar los hechos en una zona de paso a otras dependencias policiales".
La sentencia impone a los dos policías, además, nueve años de inhabilitación absoluta.