HARÍA
Conseguir una perfecta armonía entre personas y mascotas, una tarea de todos
Para lograr que esa armonía sea posible, la Corporación recuerda que existe una ordenanza municipal sobre protección, tenencia responsable y venta de animales desde julio de 2016
Con la llegada de la época estival, los animales domésticos se trasladan habitualmente con sus dueños a las zonas de veraneo, pero es necesario mantener unas normas de convivencia adecuadas entre los animales y los ciudadanos, algo que es tarea de todos.
El Ayuntamiento de Haría tiene el deber de proteger a los animales, de acuerdo a las normas y principios constitucionales vigentes, sin perjuicio de velar por la seguridad de las personas y sus bienes.
Para lograr que esa armonía sea posible, la Corporación recuerda que existe una ordenanza municipal sobre protección, tenencia responsable y venta de animales desde julio de 2016.
La finalidad de esta ordenanza es alcanzar el máximo nivel de protección y bienestar de los animales, garantizar una tenencia responsable y la máxima reducción de las pérdidas y los abandonos de animales, fomentar la participación ciudadana en la defensa y protección de los animales y preservar la salud, la tranquilidad y la seguridad de las personas.
El propietario del animal tiene la obligación de proporcionarle un alojamiento adecuado, mantenerlo en buenas condiciones higiénicas, sanitarias y de seguridad, facilitarle alimentación y bebida adecuadas y someterlo a los tratamientos veterinarios curativos o paliativos que pudiese necesitar.
Además, se deben adoptar las medidas necesarias para que la tenencia o circulación del animal no suponga un peligro, amenaza o molestia para las personas, por lo que deberá circular por las vías o espacios públicos sujeto con un collar y correa, mientras que los animales potencialmente peligrosos deberán hacerlo además con bozal.
El Consistorio recuerda además que es fundamental tener al animal correctamente identificado, así como la cartilla de vacunación actualizada. Los animales no censados podrán ser intervenidos por el servicio municipal correspondiente corriendo el propietario con los gastos que conlleve la identificación.
Hay que recordar a los propietarios de animales que estos no pueden estar atados durante más de ocho horas al día salvo que el medio permita su movilidad, ni dejarlos sin atención durante más de un día entero en el interior o exterior de los pisos.
Durante los meses de verano los animales no podrán estar más de una hora en el interior de los vehículos estacionados que deberán, obligatoriamente, estar en zona de sombra y con ventilación.
Está prohibida la entrada de animales en los parques infantiles, jardines para niños, solares de propiedad privada y pública, no permitiéndose tampoco su circulación en piscinas naturales o artificiales de utilización pública.
Los animales deberán circular por la vía pública sujetos con correa y cordón resistente homologados y estar educados para responder a las órdenes verbales de la persona que los conduce. Está prohibido que realicen sus deyecciones o deposiciones sobre las aceras, solares, zonas verdes, zonas terrosas, zonas ajardinadas o zonas de la vía publica destinadas al paso, debiendo ser recogidas por la persona que conduzca el animal.
Se recuerda igualmente que los servicios municipales competentes confiscarán a los animales, previo informe de los servicios veterinarios, si existiesen indicios de maltrato o tortura; si presentaran síntomas de agresión física o desnutrición; si se encontraran en instalaciones inadecuadas; si presentaran síntomas de comportamiento agresivo y peligroso para las personas, o aquellos que perturben de forma reiterada la tranquilidad y descanso de los vecinos.
El incumplimiento de las normas contenidas en la ordenanza municipal será objeto de las sanciones administrativas correspondientes cuya cuantía, dependiendo de la gravedad de las mismas, puede oscilar entre los 90 y los 15.000 euros de multa.
Las personas interesadas en consultar con detalle la ordenanza municipal pueden acceder al Portal de Transparencia de la Corporación, a través del siguiente enlace: https://sede.ayuntamientodeharia.com/publico/ordenanza/04