La Asociación Tierra Bonita recurre ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos la negativa de la Justicia española a investigar responsabilidades en la emergencia volcánica de La Palma
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El despacho de abogados Martínez Echevarría, representante legal del colectivo palmero, presenta una demanda por vulneración del Convenio Europeo de Derechos Humanos al archivarse la querella en la que se denunciaba que no se evacuó a de la población antes de que erupcionara el volcán pese a los claros indicios de que era inminente
La Asociación Tierra Bonita, a través del despacho de abogados Martínez Echevarría, ha presentado una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo (Francia), contra el rechazo de la Justicia en España a abrir una investigación sobre las presuntas responsabilidades penales de autoridades y científicos en la gestión de la emergencia de la erupción volcánica de La Palma ocurrida en 2021.
Los demandantes denuncian la vulneración de dos artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), los relativos al derecho a una investigación efectiva, puesto que la Justicia española (un Juzgado de Los Llanos y en la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife) desestimó la querella sin la mínima investigación previa; así como al derecho a un recurso efectivo, debido a que el Tribunal Constitucional español inadmitió a trámite el recurso de amparo contra el archivo de la causa.
En su exposición de los hechos que fueron denunciados ante los tribunales españoles, Martínez Echevarría señala que consisten en una “actuación negligente, temeraria y delictiva de las máximas autoridades políticas y científicas” en el marco del Plan Especial de Protección Civil y Atención de Emergencias por riesgo volcánico en la Comunidad Autónoma de Canarias (PEVOLCA).
Recuerda la demanda que los querellados, “a pesar de tener absoluto conocimiento de la inminente erupción del volcán, no dieron el aviso de alarma pertinente a la población a fin de proceder a la evacuación preventiva que correspondía de conformidad con lo ordenado por el plan de emergencias, lo que puso en peligro la integridad física y el derecho fundamental a la vida de los ciudadanos” que habitan en la zonas más próximas a donde surgió el volcán, a lo que hay que añadir las muertes de animales.
AUMENTO DE MORTALIDAD
En el recurso se subraya además que hubo una pérdida de vida humana oficialmente reconocida, debido a la inhalación de gases tóxicos indiciariamente, y que en los tres meses de la erupción aumentó un 53,5%% el número de fallecimientos en La Palma con respecto a la media del último lustro, lo que supuso un incremento del 35,9% más que en el resto de las islas en el mismo periodo.
Martínez Echevarría se queja ante el TEDH de que la Justicia en España” no acordó la práctica de diligencia alguna -ni siquiera las mínimas y elementales que son las declaraciones de querellante y querellados-, no habiendo existido investigación suficiente ni efectiva para decidir que los hechos objeto de querella no constituyen delito alguno”.
ACTAS Y GRABACIONES OCULTAS
En el relato de los hechos se pone de relieve que las actas y grabaciones de las reuniones del comité científico y director del PEVOLCA “se han ocultado a la opinión pública, lo que no permite a los ciudadanos conocer el criterio seguido por los querellados para no evacuar a la población de forma preventiva” antes de que entrara en erupción el Tajogaite.
“Existen unas grabaciones que, por algún oscuro motivo, no se desean hacer públicas, lo que parece ser consecuencia de una delictiva y temeraria toma de decisiones a efectos de protección civil”, enfatiza Martínez Echevarría.
En definitiva, concluye el despacho de abogados, el Gobierno canario (desde la anterior legislatura) “veta a la opinión pública el conocimiento de datos relevantes para saber si la decisión política de no evacuar se ajustó a la información científica disponible, y a su valoración en el seno del órgano director de la emergencia”.
SOSPECHOSAS DECLARACIONES DE CIENTÍFICOS
La demanda de Tierra Bonita ante el Tribunal Europeo pone el foco en las declaraciones de científicos miembros del comité del PEVOLCA o de las instituciones científicas que lo integran después de la erupción, quienes afirmaron públicamente que habían advertido de que la erupción era "inminente" (lo que obligaba a elevar el nivel de la emergencia y evacuar), y han incurrido en sospechosas contradicciones al respecto.
Es el caso de la entonces directora del IGN, María José Blanco, quien declaró en el Parlamento canario en 2022 que desde el día antes de la erupción había unanimidad en que la erupción era inminente y eso suponía que los políticos debieron elevar el nivel de alerta a naranja y evacuar a la población. Posteriormente Blanco matizaría sus palabras, ante la polémica que suscitaron.
Asimismo, el Instituto Geológico Minero de España (IGME-CSIC), dejó constancia en un artículo publicado en el otoño de 2021 en la revista Consorseguros de que, el día antes del inicio de la catástrofe, avisó a las autoridades, al comité científico y al Ejército de que “la erupción se produciría en las siguientes 24 horas”. Sin embargo, 14 meses después, de manera sorprendente, el IGME se desdijo y mandó retirar dicho artículo, con una “rectificación escandalosa e incoherente”, en palabras de los abogados de Tierra Bonita.
Para este despacho jurídico, “es manifiesto que existen contradicciones, rectificaciones extrañas y continuas, que parecen reflejar el ánimo de las autoridades públicas de cobijarse bajo la supuesta unanimidad científica, exonerándose de responsabilidad, al no haber atendido las advertencias de la inminencia de la erupción por parte de diversos científicos”.
Después de interponerse la querella en España se han conocido además testimonios como el del coordinador de los bomberos voluntarios durante la erupción, quien, en una entrevista pública, declaró que la mañana del día de la erupción en el Cabildo políticos y científicos le comunicaron que la erupción era "inminente", es decir, “que podía ocurrir en cualquier momento”, tal como se menciona en la demanda.
También se alude en el recurso ante el TSDH hechos recientes como el sorpresivo reconocimiento por parte del actual Gobierno canario, en el año 2024, de que no hay actas levantadas de las reuniones del PEVOLCA, aunque sí grabaciones, pese a ser documentos de carácter obligatorio.
Con respecto al rechazo del recurso de amparo en el Tribunal Constitucional, en la demanda elevada a instancias judiciales europeas se defiende que este caso “se ajusta plenamente al requisito de trascendencia constitucional, ya que se ha ocultado información a la ciudadanía, no se ha actuado con la diligencia debida, se ha puesto en peligro la vida de miles de ciudadanos y las acciones de los querellados han generado consecuencias políticas y sociales de gran magnitud, afectando al interés general”.
En consecuencia, subrayan los abogados de la asociación palmera, “al inadmitir el recurso de amparo, se ha impedido a Tierra Bonita hacer uso de los recursos nacionales para denunciar una vulneración de derechos constitucionales, a pesar de haber cumplido con los requisitos establecidos por la normativa vigente”