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Se publica el pliego para la contratación del servicio de limpieza de los edificios judiciales

Cesáreo Rodríguez destaca la obligación de respetar el número de puestos de trabajo actualmente existentes, las tablas salariales de los convenios de aplicación

Canarias Noticias - 17/08/2018

El director general de Relaciones con la Administración de Justicia, Cesáreo Rodríguez, anuncia la publicación en la plataforma de contratación del sector público de los pliegos para la contratación del servicio de limpieza de los edificios judiciales, que regirá, una vez adjudicado, durante dos años prorrogables con un presupuesto máximo de licitación de 7.250.000 euros sin incluir IGIC. Rodríguez destaca que para la elaboración de los mismos se llevó a cabo un estudio exhaustivo de las necesidades identificando las dependencias a incluir, así como una detallada descripción de las mismas (tamaño, material de la superficie, uso y estimación de tránsito de personas, entre otros) a efectos de determinar las frecuencias mínimas de limpieza y los servicios a contratar y también para facilitar que las empresas puedan presentar ofertas ajustadas a la realidad.

Entre otros aspectos, Rodríguez destaca la inclusión de condiciones especiales de ejecución de tipo social, con carácter de obligación esencial del contrato, por lo que su incumplimiento podrá dar lugar a la resolución del contrato. Dichas condiciones permiten que el contrato satisfaga tanto una necesidad de la Administración como objetivos de tipo social.

Se refiere así a la obligación de respetar las tablas salariales de los convenios de aplicación, la obligación de abono de los salarios en el plazo establecido en los Convenios Colectivos con imposición de penalidades por cada día de retraso. Asimismo, se da mucha importancia a la prevención de riesgos laborales y se incluyen disposiciones para dar respuesta a posibles riesgos biológicos conforme al protocolo aprobado por la DGRAJ.

El director general explica que los pliegos imponen en la presentación de las ofertas la elaboración de un Plan de limpieza que debe expresar la frecuencia con que la llevarán a cabo en cada zona y el número de personas que emplearán en la misma, de forma que se pueda realizar un control de la ejecución del contrato con la imposición de penalidades en caso de incumplimiento.

Asimismo, se introduce un cierto grado de flexibilidad de modo que, sin llegar a modificar el contrato, se puedan variar las frecuencias en un edificio concreto, disminuyendo en unas zonas e incrementando en otras a fin de adaptar el contrato a las variables que se puedan dar durante su ejecución.

Rodríguez remarca la importancia que se da a la calidad en la prestación del servicio, lo que se manifiesta, por una parte, en los criterios de adjudicación. Así, se atenúa el peso de las eventuales rebajas del precio que se puedan presentar, aparte de incluir un tope por debajo del cual las ofertas pueden ser consideradas anormales o temerarias. Además, se introducen criterios de adjudicación relacionados con la calidad en el servicio.

Por otro lado, se establece la obligación de la adjudicataria de someterse a auditorías externas que evaluarán la calidad del servicio según estándares del Índice de Calidad en la Limpieza, además de contemplarse la realización de auditorías por el responsable del contrato designado por la Administración. Del resultado de estas auditorías se pueden derivar la imposición de penalidades, en caso de deficiente ejecución.

Los pliegos favorecen la utilización de productos de limpieza ecológicos y se controla la calidad de los mismos debiendo emplear los que previamente hayan sido autorizados por el órgano de contratación. Además, se obliga a la adjudicataria a disponer de existencias de productos en el propio centro de trabajo para evitar eventuales desabastecimientos.

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