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UN TERRITORIO SIN SOBERANÍA NO PUEDE SER NEUTRAL

Las Islas Canarias actualmente no son Archipiélago de Estado, para ejercer tal derecho deberá eliminar su condición de dependencia al Estado español. Las Naciones Unidas viene ofreciendo a los ciudadanos de aquellos territorios que se consideren que son colonias, por periodos en decenios de años desde 1990 hasta 2030. El periodo iniciado en el 2021 hasta 2030 será el cuarto.

Las Islas Canarias por si mismas no pueden impedir que cualquier Estado del mundo pueda realizar maniobras militares por fuera de las doce millas marítimas de cada isla, excepto por el Oeste de la isla el Hierro, que deberá solicitar autorización a España, quien ostenta jurisdicción de ZEE sobre dicha zona. Las islas canarias tienen tres fronteras marítimas, por el norte con Portugal, por el Sur con la RASD (pendiente de un referéndum de autodeterminación), y por el Este con Marruecos. No existen más fronteras.

Las aguas entre islas en dirección hacia el Oeste son ZEE española, En este caso me estoy corrigiendo, pues años atrás decía equivocadamente que los espacios marítimos entre islas, que bien era ZEE de Marruecos, o aguas internacionales (alta mar).

Para que Canarias no fuera archipiélago, España estableció la delimitación insular (R.D. 2510/1977), anticipándose, oportunistamente, a la entrada en vigor del artículo 46.b que cinco años después era impuesto por el Tratado de Bay a todos los Estados Partes firmantes. A partir de esos momentos, Canarias sería jurídicamente islas para la legislación marítima internacional, en conformidad al artículo 121 del Tratado Internacional del Mar.

El Parlamento canario podría exigir a España que Canarias sea interpretada internacionalmente como archipiélago, y como tal se aplicaría a Canarias la Parte IV del Tratado Internacional del Mar (Archipiélago) y no el artículo 121 (Islas) que España viene aplicando engañosamente a Canarias. Cualquier propuesta canaria para la delimitación archipelágica es rechazada por las Cortes del Estado, alegando que van contra el Derecho Internacional, o sea, Canarias solo tiene la aplicación al Estado al que pertenece, nunca se la reconoce la legislación internacional. ¿Es o no es una colonia).

Sobre la polémica Zona Marítima Especialmente Sensible (ZMES) para las Islas Canarias.

Diremos que fue una iniciativa del diputado canario José Segura Clavel, desde el año 2003, y que posteriormente fue presentada como una Proposición no de Ley ante el Parlamento español, el 27 de mayo de 2005. El 22 de julio del mismo año, el Comité de Protección del Medio Marino del Ministerio de Fomento (socialista), designó a las islas canarias como ZMES.

Finalmente, en mayo de 2006, el Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional, adoptó definitivamente las medidas de Protección de la ZMES de las Islas Canarias entrando en vigor el 1 de diciembre de 2006.

José Segura Clavel pretendía que uniendo los puntos más salientes de cada isla se contemplara como Delimitación Archipelágica. Pero la Organización Marítima Internacional matizó que solamente era a los efectos de proteger las especies en el Medio Marino y el tránsito entre las islas de buques con cargamentos peligrosos, nunca como Delimitación Internacional Archipelágica.

La Organización Marítima Internacional estableció dos espacios marítimos entre las islas, solo para la navegación internacional, uno entre Fuerteventura y Gran Canaria y otro entre Gran Canaria y Tenerife. Los buques que atravesaran dichos pasillos y no tuvieran destino en puertos canarios, estaban obligados a dirigirse al Centro de Coordinación de Salvamento de Las Palmas o de Tenerife, dependientes del Ministerio de Fomento, para declarar el tipo de cargamento que transportan.

Dicha ZMES fue una distracción al pueblo canario, dado que en aquellos años había una controversia entre España y Marruecos por la Zona Económica Exclusiva. El socialista y españolista, José Segura Clavel, pretendía meterle un gol a Marruecos, sin embargo, la OMI lo frenó en seco por las repercusiones que tuvo ante diversos Países que, al igual que Marruecos protestaron ante la OMI, por la intención fraudulenta que pretendía España ante el Derecho Marítimo Internacional. Ningún buque hace la declaración de transportar mercancías peligrosas. Todo fue una maniobra, bajo pretexto de defender la protección de las especies marinas y el establecimiento de salvamento marítimo, para imponer el cierre archipelágico como una delimitación marítima internacional.

En el Derecho Marítimo Internacional, Canarias no tiene nada que decir, pues no tiene autoridad alguna en el Mar Territorial de doce millas náuticas, que son de soberanía española, más doce millas de zona contigua a los efectos de aduanas, de jurisdicción española. Y otras 200 millas de Zona Económica Exclusiva, también de jurisdicción española. El cambio de estatus para la delimitación de nuestras aguas, dependerá de que Canarias acceda a la condición jurídica de Estado Archiplielágico.

En la ciudad de Telde a, 28 de marzo de 2021

Antonio Rodríguez de León Representante y portavoz de la Plataforma por el Mar Canario

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