En la Convención de las Naciones Unidas celebrada el 10 de diciembre de 1982 en la ciudad de Montego Bay, (Jamaica), se acordó la firma del II Tratado Internacional del Mar, dejando abierta a la firma de los Estados. España firmó dicho Tratado Internacional el 29 de julio de 1994. Ratificado por las Cortes Generales en diciembre de 1996, pasando a formar parte del Ordenamiento Interno del Estado español a partir de su publicación en el BOE nº 39, de 14 de febrero de 1997. A partir de entonces, el Derecho Marítimo Internacional, surte todos los efectos jurídicos sobre los espacios marítimos y aéreos de la España continental, pero no así de las islas españolas alejadas de la España continental más de 200 millas. Islas a las que no se pueden delimitar las fronteras marítimas en su unidad archipelágica. A partir de aquí surge la incertidumbre por saber la realidad jurídica de las fronteras marítimas del archipiélago canario. A pesar de ser España parte firmante, no puede fijar unilateralmente las fronteras archipelágicas como venía haciendo con anteriores leyes marítimas. España cometió una gran desidia con Canarias, que luego vendrían las traiciones en acuerdos de Pesca y concepciones de hidrocarburos.
Los responsables de su ratificación en 1997 (Congreso Diputados), cometieron una enorme desidia con Canarias al obviar el artículo 95 de la Constitución, que sentencia: “la celebración de un Tratado Internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional”. La Constitución tenía que recoger el artículo 46.b del Tratado Internacional del Mar, “otros archipiélagos” para dotar a Canarias de un Estatuto de Plena Autonomía Interna, de acuerdo con el artículo 305.e del mismo Tratado. De haberse actuado de esta manera, Canarias podría ser parte firmante de la Convención de Montego Bay, delimitando su zona económica exclusiva desde sus líneas de base recta archipelágica, y establecer la Mediana fronteriza de la línea equidistante con Marruecos.
Durante la transición española, hubo muchísimas propuestas desde Canarias al gobierno del Estado, para que definiera la delimitación sobre los espacios marítimos del archipiélago canario. Todas se rechazaban con el argumento de la inconstitucionalidad, pero lo cierto era que el estado español estaba obligado a revisar la Constitución suprimiendo las cláusulas de la misma Carta, que fuesen contrarias al Tratado de Montego Bay. Era imprescindible para evitar que en un futuro, (hoy presente) la controversia en delimitar las aguas que separan el archipiélago canario del Reino de Marruecos, Estado soberano que no renuncia en aplicar la mediana equitativa, de hecho la está aplicando con la complicidad del gobierno de España que miente a conciencia cuando nos dice a los canarios que la mediana con Marruecos es la mediana equidistante.
Traiciones de España con Canarias
Primera traición: Convenio Pesquero U. E.-Marruecos año 1995.
“La Unión Europea y Marruecos son signatarios de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y que, con arreglo a dicha Convención, Marruecos ha establecido una zona económica exclusiva que se extiende hasta las 200 millas marinas desde sus costas, dentro de la cual ejerce sus derechos soberanos a los efectos de la exploración, explotación, conservación y gestión de los recursos de dicha zona”. Las aguas marítimas frente a Fuerteventura y Lanzarote están dentro de las 200 millas marroquíes. Aquí entra jurídicamente cual método de Mediana se aplica como frontera marítima. España quiere la equidistancia a la que Marruecos se niega, y exige de forma reiterativa la mediana equitativa, porque así está contemplado en la jurisprudencia marítima internacional, que le daría más espacios marítimos al Estado continental marroquí.
Las islas adyacentes al continente situadas dentro de las 200 millas son consideradas en el Derecho Marítimo Internacional como “circunstancias especiales” que debe de obtener para fijar la mediana equitativa, repartiéndose la zona económica exclusiva frente a Lanzarote y Fuerteventura proporcionalmente a los Kilómetros de costa entre la línea continental y la insular.
Segunda traición: Convenio España-Repsol año 2002
España establece la mediana equidistante y concede licencia a Repsol para extraer hidrocarburos en las aguas por fuera de las doce millas de Lanzarote y Fuerteventura. Marruecos presentó una denuncia ante las Naciones Unidas, alegando que no reconocía la mediana equidistante impuesta unilateralmente por considerar que las aguas de soberanía marroquí llegaban hasta el límite del mar territorial de las doce millas que circundan las mencionadas islas. España concede licencia de búsqueda de hidrocarburos sobre unas aguas donde en el Acuerdo de Pesca de 1995 aceptó que la Zona Económica Exclusiva de las 200-350 millas fuesen de Marruecos.
Tercera traición: R.A.N. España-Marruecos años 2003-2005
En enero de 2003 durante la celebración de la VI RAN, el gobierno de España se compromete a negociar la mediana entre Canarias y Marruecos, finalizando tras siete reuniones de trabajo. Concluyendo en la VII RAN celebrada en septiembre de 2005, donde las delegaciones ministeriales de España y Marruecos alcanzan un acuerdo “provisional” para delimitar la mediana marítima que ha de fijar los límites territoriales del océano atlántico que une las dos orillas. Este acuerdo fue bautizado como Grupo de Trabajo sobre la Delimitación de Espacios Marítimos en la Fachada Atlántica.
El Mar Canario se lo han repartido entre España y Marruecos, donde España hipotecó en la VII RAN, el futuro de los canarios cediendo a Marruecos una cláusula engañosa, que mientras ambas partes de reparten los beneficios de los hidrocarburos, acuerdan aplicar “provisionalmente” una mediana equidistante. Se han repartido la zona económica exclusiva de Canarias al 50%. Pero, cuando se acabe las explotaciones petrolíferas, debe de saberse que el acuerdo “definitivo” será la mediana equitativa, o sea la zona con el 100% favorable a Marruecos que inscribirá en un futuro, sus derechos de soberanía en Naciones Unidas.
Todo hubiese sido distinto si las Cortes Generales hubiesen aplicado el artículo 95 de la Constitución Española, otorgando a Canarias la firma ante las Naciones Unidas aplicando los artículos 46.b y 305e del Tratado Internacional del Mar. Pero el temor a la independencia que reivindicaba Antonio Cubillo desde Argel, el gobierno de España llevó el contencioso canario por otros derroteros, repitiendo la misma operación traicionera que hicieron con el Sahara.
Entonces llegará el verdadero debate por la independencia de Canarias, en el momento de que las Naciones Unidas reconozca Canar, habrá quien abandone el barco como ratas, sobre todo los canarios españolistas y los falsos nacionalistas, que querrán intentar liderar un nuevo futuro para una Canarias Libre, no dejan de ser las mismas ratas que traicionaban a su propio pueblo. Espero sentado en las playas de Telde contando la salida de barcos y aviones cargados de ratas escapando hacia España, canarios sumisos y complacientes de su españolidad. Una vez más, España repetirá su larga y negra historia colonizadora, abandonando y vendiendo sus colonias por intereses de Estado. Las relaciones políticas y comerciales entre España y Marruecos están históricamente llenos de traiciones. El 14 de diciembre de 1975, se traicionó a los saharauis, entregando el territorio del Sahara y sus espacios marítimos, expulsando a los canarios, unos instalados en las ciudades de Aaiún y Villa Cisneros y otros pescando en el rico banco pesquero a lo largo de las cotas del Sahara, entregando a Marruecos la economía más rentable en esos momentos de Canarias.