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Santa Brígida destina 460.000 euros a la rehabilitación de viviendas privadas

Canarias Noticias - 22/09/2023
Santa Brígida / CanariasNoticias.es

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La subvenciónestá destinada a municipios rurales con menos de 20.000 habitantes, y busca combatir la despoblación en el medio rural

 

El Ayuntamiento de Santa Brígida abre el plazo para acogerse al Programa Regional para Combatir la Despoblación en el Medio Rural suscrito entre el Instituto Canario de la Vivienda y la Federación Canaria de Municipios.

 La institución local cuenta con una financiación de 460.000 euros para combatir la despoblación en el medio rural, prestando así su apoyo a familias que necesiten recibir un impulso económico para la rehabilitación de vivienda de titularidad privada, cuyos propietarios/as reúnan los requisitos necesarios.

 El alcalde de Santa Brígida, José Miguel Bravo de Laguna, considera que esta iniciativa permitirá “ayudar a los vecinos y vecinas a mejorar las condiciones de habitabilidad de sus hogares, permitiendo paliar el abandono y despoblamiento de zonas rurales y de importante riqueza natural”.

 Según se establece en las bases de la convocatoria para la obtención de las subvenciones relacionadas en este programa, se requiere que la obra subvencionable no se haya iniciado antes de la fecha de solicitud. Y deberá tratarse de viviendas en situación de legalidad conforme a la normativa urbanística, o legalizables (siempre y cuando la ayuda se destine totalmente a la legalización).

 La concejal de Urbanismo, Vivienda y Patrimonio, María Lozano Lordán, destaca que “esta línea de ayudas está destinada a municipios rurales con menos de 20.000 habitantes como Santa Brígida con la idea de recuperar o afianzar a su población residencial”.

 Los inmuebles objeto de la intervención deben constituir el domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios en el momento de la solicitud de la subvención.

 “Aunque de manera excepcional, la vivienda a rehabilitar podrá estar deshabitada a fecha de la solicitud”, aclara la edil, “siempre y cuando se aporte el compromiso de la persona titular de la vivienda a destinarla a domicilio habitual y permanente, o de una persona tercera en régimen de arrendamiento, en el plazo de dos meses contados a partir de la finalización de las obras”. Por ello, “desde la corporación se espera una buena respuesta”.

 Se podrán rehabilitar viviendas de una antigüedad mínima de 20 años, “salvo aquellas en las que vivan personas mayores de 65 años o con discapacidad”, matiza. “El envejecimiento progresivo de la población, sobre todo en el entorno rural, requiere también de medidas concretas para acceder a la vivienda y fomentar la eliminación de barreras arquitectónicas”.

 Se pretende incentivar obras para mejorar las condiciones de habitabilidad, de ahorro de consumo energético, elementos estructurales y, en definitiva, facilitar las necesarias para el adecuado mantenimiento de las mismas.

 

 

Plazos y cuantías

 En cuanto a las cuantías, se concederá una subvención del 50% del coste y por un importe máximo por vivienda de 10.000 euros en domicilios unifamiliares. En aquellas donde la unidad de convivencia esté constituida por un colectivo considerado vulnerable, el porcentaje máximo de la ayuda correspondiente podrá ser hasta del 85%, con un máximo de 10.000 euros. Por otro lado, en el caso de zonas comunes de edificios de residencia colectiva, el límite será de 8.000 euros por viviendas.

 Queda prohibido destinar la vivienda a alquiler turístico y a otros usos con un fin distinto al de residencia habitual.

 El plazo previsto para presentar las correspondientes solicitudes de subvención por aquellos ciudadanos o ciudadanas interesados estará abierto durante 70 días a partir de hoy, 21 de septiembre, habiendo sido publicadas las bases y la convocatoria de la Subvención en el Boletín Oficial de La Provincia.

 Las instancias de solicitud junto a la documentación requerida podrán descargarse AQUÍ  y presentarse en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento o a través de la sede electrónica del municipio.

 

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