LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
El calendario fiscal de 2025 en Las Palmas de Gran Canaria incluye la bajada del IBI
La baja del tipo impositivo en 5 puntos porcentuales, hasta el 0,62%, beneficiará al 98,9% de los recibos de la ciudad y supondrá un ahorro medio del 7,5%
El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, a través del Órgano de Gestión Tributaria del área de Economía y Hacienda, que dirige Francisco Hernández Spínola, informa a la ciudadanía sobre el calendario fiscal correspondiente al ejercicio 2025, con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en los plazos establecidos.
Entre las novedades de este año, tal como recuerda el concejal, está la bajada del tipo impositivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles urbano (IBI), que en este año ha sido reducido en el uso residencial hasta el 0,62%, cinco puntos menos que en el pasado año y cuyo periodo de pago se abrirá en el mes de julio.
“Esta medida beneficiará al 98,9% de los recibos de la ciudad y supondrá un ahorro medio del 7,5%. Además, en cuanto a los usos no residenciales, también se reducirá el tipo del gravamen al 0,62%, excepto al 10% de los inmuebles de mayor valor catastral, por encima de los 75.000 euros, tal y como recoge la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Para este 10 % de mayor valor catastral, que corresponde tan solo al 1,07% de los recibos, el tipo se mantendrá en el 0,67%”, resalta Hernández Spínola.
Asimismo, esta actualización del marco tributario, que beneficia a toda la ciudadanía, también incluye bonificaciones para familias numerosas o, como novedad en este 2025, para aquellos negocios que se vean afectados por retrasos en el plazo de ejecución de obras públicas, entre otras.
Primer periodo de pago a partir de marzo
El primer periodo voluntario de pago se extenderá desde el 5 de marzo hasta el 27 de junio de 2025. Durante este plazo se podrán abonar el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, la Tasa por Entrada de Vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos o carga y descarga de mercancías (vados), así como la Tasa por Ocupación de terrenos de uso público local con mesas, sillas y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.
Asimismo, en este periodo se deberá abonar el primer semestre de la Tasa de ocupación del dominio público local por el ejercicio de actividades comerciales, mercantiles o industriales en puestos del rastro y feria, y el primer semestre de la Tasa por ocupación de las playas del municipio con hamacas y embarcaciones.
El segundo periodo voluntario de pago está previsto del 25 de julio al 28 de noviembre de 2025. En este intervalo se deberán satisfacer el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza urbana, de características especiales y de naturaleza rústica, junto con el Impuesto sobre Actividades Económicas.
Además, se incluyen la Tasa por ocupación del suelo y vuelo de la vía pública con instalaciones publicitarias, la Tasa por la prestación del servicio de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos, vigente para las actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas, de restauración y hospedaje, financieras y de ocio, y la Tasa por ocupación del dominio público mediante cajeros automáticos. También deberá abonarse el segundo semestre de la Tasa de ocupación del dominio público local para puestos del rastro y feria, así como el segundo semestre de la Tasa por ocupación de las playas con hamacas y embarcaciones.
Respecto a la Tasa por Ocupación de la Vía Pública con Quioscos, los plazos voluntarios de pago serán trimestrales. El primer trimestre ya está abierto y se podrá abonar hasta el 28 de marzo de 2025; el segundo trimestre, del 1 de abril al 27 de junio; el tercer trimestre, del 1 de julio al 30 de septiembre, y el cuarto trimestre, del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2025.
Hernández Spínola recuerda la importancia de cumplir con estos plazos para evitar recargos y sanciones, y que el Ayuntamiento pone a disposición de la ciudadanía diversos canales de información y pago para facilitar la gestión de los tributos municipales.
Domiciliación de pagos
Una vez abiertos los distintos periodos de pagos voluntarios, el concejal de Hacienda resalta que cumplir con el abono de estos recibos en el plazo voluntario evita a la ciudadanía posibles recargos por mora. En este sentido, el Ayuntamiento pone a disposición de las y los contribuyentes varias vías que permiten agilizar este proceso.
Así, la ciudadanía podrá solicitar la domiciliación del pago de los recibos de estos impuestos y tasas, o notificar cambios en la cuenta bancaria de cargo, a través de la Oficina Virtual Tributaria del Ayuntamiento (https://laspalmasgc.tributoslocales.es/350163/APALMASGC) aportando el mandato de adeudo domiciliado cumplimentado y firmado, el cual se puede conseguir a través de la web del Ayuntamiento; y el documento justificativo del número de cuenta en el que se realizarán los cargos (será válido cualquier recibo domiciliado o certificado de titularidad de cuenta).
Las personas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración podrán realizar este trámite de forma presencial en la Oficina de Atención al Contribuyente, previa solicitud de cita a través de http://www.laspalmasgc.es o en el Servicio de atención telefónica 010. Si usted llama desde fuera del término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, deberá marcar el 928 446 000.
La domiciliación es una forma de pago cómoda y sencilla que ofrece la ventaja de garantizar el pago sin recargo (período voluntario) y evita las molestias de efectuar el pago de forma presencial a través de las entidades financieras, así como la preocupación de recordar las distintas fechas del calendario fiscal anual.
Plan de pago personalizado LPA-Pago Fácil
El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ofrece una modalidad de pagos denominada LPA-Pago Fácil, que le permite realizar de forma fraccionada, ingresos a cuenta por el importe total anual de los tributos y tasas de los que sea titular. Esta forma de pago requiere ser el titular del recibo y domiciliar las cuotas fraccionadas.
El Plan tiene tres modalidades de pago para que la persona contribuyente pueda elegir la que mejor le convenga y, además, obtenga una bonificación del 5% en los recibos de los principales impuestos. Toda la información sobre esta forma de pago está disponible en https://laspalmasgc.tributoslocales.es/350163/APALMASGC. Podrá solicitarse su adhesión para los tributos de 2025 hasta el 29 de mayo de este año.
Por otro lado, el Ayuntamiento también ofrece otras opciones de pago. Para ello, la ciudadanía podrá obtener sus correspondientes recibos llamando al Servicio de Atención Telefónica 010. Si se llama desde fuera del municipio capitalino, se deberá marcar el 928 446 000.
También se pueden obtener de forma inmediata, sin necesidad de disponer de certificado digital, a través del siguiente enlace: https://laspalmasgc.tributoslocales.es/, siguiendo paso a paso las siguientes indicaciones: seleccione la opción ‘Obtener documento de pago’ (https://laspalmasgc.tributoslocales.es/350163/APALMASGC/obtener-documento), cumplimente el identificador fiscal (DNI, CIF, NIE) del titular del recibo, elija en el desplegable el concepto del impuesto o tasa que desea obtener y, en función del concepto seleccionado, introduzca el dato solicitado (lo encontrará en cualquier carta de pago o recibo de ejercicios anteriores). Al pulsar en ‘Aceptar’, se mostrará la carta de pago solicitada.
Asimismo, podrá obtenerse el recibo (documento de pago) en los quioscos digitales ubicados en las oficinas municipales, seleccionando el botón Impuestos y Tasas o, en el caso de personas físicas, de manera presencial en la Oficina de Atención al Contribuyente del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, previa solicitud de cita.
Una vez obtenido su recibo, podrá realizar el pago con cargo a cualquier tarjeta de débito o crédito a través de la Oficina Virtual Tributaria (https://laspalmasgc.tributoslocales.es), del servicio de atención telefónica 010 y en los cajeros automáticos de Banca March, Banco Santander, Bankinter, BBVA, Caixabank, Cajamar y Cajasiete mediante el código de barras.