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RENTA DE CIUDADANÍA DE CANARIAS

Derechos Sociales presenta el anteproyecto de ley de renta de ciudadanía de Canarias

Canarias Noticias - 11/11/2020
Noemí Santana y Genna Martínez presentan la ley de la Renta de Ciudadanía Canarias

El derecho a la renta de ciudadanía se concederá por un período de 12 meses y se mantendrá hasta que la situación de exclusión social persista

La consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud ha presentado este miércoles el anteproyecto de ley de la Renta de Ciudadanía Canarias que pasará la semana que viene a Consejo de Gobierno y, posteriormente, al Parlamento de Canarias para su tramitación. “Cumplimos con el compromiso de este Gobierno desde el día en que se firmó el Pacto de las Flores, cumplimos con el Estatuto de Autonomía y cumplimos con la ciudadanía canaria”, aseguró la consejera de Derechos Sociales, Noemí Santana, en la presentación ante los medios de comunicación del cuerpo normativo del anteproyecto de Ley que regulará la futura renta de ciudadanía en el Archipiélago.

“Lo que presentamos hoy es un borrador del anteproyecto de Ley que esperamos que entre en junio de 2021 en el Parlamento para su debate y aprobación posterior, con lo calculamos que las familias podrán contar con esta ayuda a partir del cuarto trimestre del próximo año”, aclaró Santana.

La consejera destacó dos aspectos importantes de la propuesta. Por un lado, que la prestación se mantendría mientras subsista la situación de pobreza y exclusión social. Y por otro lado, las cuantías de la misma que se equiparan a las del Ingreso Mínimo Vital.

La renta de ciudadanía es una ayuda de carácter personal, nominativa e intransferible, que tiene carácter subsidiario y complementario de las pensiones y de otras prestaciones económicas que pudieran corresponder a los miembros integrantes de la unidad de convivencia de la persona solicitante, sean del sistema de la Seguridad Social, o de cualquier otro régimen público de protección social, y la cuantía mensual vendrá determinada por la diferencia entre la cuantía base y el conjunto de todas las rentas, prestaciones e ingresos de las persona beneficiarias. Se reconoce este derecho mientras subsista la situación de pobreza y exclusión social y se garantizará en condiciones de igualdad a las personas que cumplan con los requisitos previstos en el anteproyecto.

Para poder acceder a esta ayuda, la persona solicitante tendrá que ser integrante de una unidad de convivencia en los términos establecidos en la ley; estar empadronamiento durante un mínimo de doce meses, de manera continuada o que tenga residencia efectiva de cinco años, de manera continuada o interrumpida; acreditar la solicitud del Ingreso Mínimo Vital; estar inscrita como demandantes de empleo en el Servicio Canario de Empleo; no residir de forma permanente en centros o establecimientos de titularidad pública donde se encuentran cubiertas las necesidades básicas de subsistencia; ser mayor de 23 y menor de 65 años y carecer de recursos económicos suficientes.

El anteproyecto prevé algunas excepciones con respecto a algunos de los requisitos generales de acceso, como en el caso del empadronamiento y la edad, cuando se trate de colectivos especialmente vulnerables: mujeres víctimas de violencia de género, víctimas de explotación sexual o trata, víctimas de violencia en el ámbito familiar, personas sin hogar, personas emigrantes canarias retornadas, personas refugiadas, familias con menores a cargo.

Además el anteproyecto de ley contempla tres modalidades diferenciadas en función de la existencia o no de ingresos en la unidad de convivencia: la renta de ciudadanía para la inclusión y protección social, la renta de ciudadanía para la inclusión social de jóvenes y la renta de ciudadanía complementaria de ingresos de trabajo. También se reconocen a tres complementos (vivienda, educación y pensiones no contributivas) que se desarrollarán a través de un reglamento específico).

Simplificación en la tramitación y plazo para dictar resolución

Con el fin de agilizar el procedimiento de la solicitud de la Renta, la persona interesada presentará su solicitud de manera telemática, podrán ser asistidos por los servicios sociales del ayuntamiento de su municipio en el supuesto de que no disponga de los medios electrónicos necesarios para realizar la presentación telemática. Además, las solicitudes también se podrán presentar por cualquiera de las formas y vías establecidas en el procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

El plazo para dictar y notificar la resolución de concesión o denegación por parte de la Consejería será de tres meses desde la entrada del expediente completo. El derecho a la renta de ciudadanía se concederá por un período de 12 meses, renovable por igual plazo mientras se mantengan dichas causas y se sigan cumpliendo las condiciones para el acceso a la prestación, sin perjuicio de su suspensión o extinción por las causas contempladas, o de la renovación, en su caso. Con respecto al derecho a los programas y servicios de inclusión social y/o laboral, podrán acceder a este derecho todas las personas con residencia en Canarias que se encuentran en situación de vulnerabilidad social o exclusión social, perciban o no una renta de ciudadanía.

El anteproyecto de ley se estructura en un título preliminar, cuatro títulos y diversas disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales. El texto, que salió a información pública el pasado 9 de noviembre, se puede consultar AQUI.

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