ARQUEOLOGÍA
El Cabildo de Gran Canaria y el Museo Canario crean el órgano de tutela del mayor fondo arqueológico del Archipiélago
El Cabildo de Gran Canaria y el Museo Canario cumplen lo dispuesto el marco del Convenio de concertación entre ambas instituciones y que se firmó en mayo del año pasado, en el proceso que facilita la conversión de la Sociedad Científica Museo Canario en Museo de Arqueología concertado de ámbito insular. Por este motivo, el pasado jueves se celebró una reunión en la que se formalizó la constitución del órgano auxiliar que gestionará el Fondo de Arqueología Canaria que ha reunido y conservado la histórica entidad que dispone de la mayor colección de arqueología canaria existente en el Archipiélago.
El nuevo órgano es auxiliar de la Junta de Gobierno de la Sociedad Científica para la tutela de los bienes de arqueología canaria, y está constituido por los siguientes miembros: el Presidente del Cabildo, Antonio Morales, el Consejero del Cabildo Teodoro Sosa, quien tiene delegadas las competencias en materia de Patrimonio Cultural, dos personas designadas por el Cabildo (preferentemente expertos en Arqueología) que en este caso son Juan Sebastián López y Javier Velasco, director e inspector de Patrimonio Histórico, respectivamente. Por parte de la Sociedad Científica, corresponde a Diego López y Daniel Pérez, presidente y director del Museo Canario, respectivamente, así como dos personas designadas por la entidad, Teresa Delgado y María del Carmen Cruz de Mercadal.
Además de la constitución formal de este órgano auxiliar, se examinó y aprobó la propuesta de presupuesto y el plan de actuación del Fondo de Arqueología Canaria para el año 2022, presentado por el Museo Canario; se valoró la imagen corporativa conjunta y se plantearon líneas de trabajo coparticipadas para el año 2023, que serán tratadas para su eventual aprobación en la próxima reunión de este órgano de apoyo, prevista para el último cuatrimestre del año.
Otros acuerdos adoptados en la reunión permitirán profundizar en la colaboración para futuras actividades, por lo cual, para la valoración de materias concretas, la preparación de los asuntos a debatir, la propuesta de iniciativas o proyectos que formen parte de las funciones del órgano de concertación, éste podrá recabar el asesoramiento técnico de terceras personas que podrán participar en las reuniones a las que sean convocadas (con voz, pero sin voto). Para estos mismos fines podrá crear comisiones o grupos de trabajo, que en todo caso tendrán única y exclusivamente carácter consultivo y asesor.